El TC, luego de que el requirente subsanara los defectos de su libelo, admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso segundo del artículo 387 del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso penal, del cual conoce actualmente la Corte Suprema a causa de un recurso de nulidad.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la querellante y al Ministerio Público. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente N° 2336.
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