El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna una parte del inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal.
La gestión invocada incide en un juicio por delito de colocación de artefactos explosivos contemplado en la ley N°18.314, que determina las conductas terroristas y fija su penalidad, en que un Juez de Garantía de Santiago, excluyó prueba documental y testimonial, ofrecida tanto en la acusación del fiscal como en la particular, frente a lo cual el requirente dedujo un recurso de hecho, pendiente de resolución.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente N° 2330.
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