El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio laboral de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, en el cual se han formulado diversas incidencias, obligando a la demandante a consignar para promover incidentes.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente N° 2335.