El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 1° de la Ley N° 19.989.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de protección pendiente ante la Corte Suprema.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada en el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2301.
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