La moción de los diputados Becker, Bertolino, Edwards, Martínez, Monckeberg Díaz, Monckeberg Bruner, Rivas, Rubilar, Sauerbaum y Verdugo, comienza por reconocer que se contempla, en los artículos 532 y 517 del Código Orgánico de Tribunales la posibilidad de que los jueces de letras, las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema impongan la sanción de “amonestación privada” en el marco de su función de vigilancia sobre la conducta ministerial o faltas cometidas por todas las personas que ejerzan funciones concernientes a la administración de justicia y se hallen sujetas a su autoridad.
Sin embargo, agregan que el artículo 552 del mismo cuerpo legal establece que «las resoluciones que impongan una medida disciplinaria, tan pronto como queden ejecutoriadas, deberán ser transcritas al Ministerio de Justicia, a la Corte Suprema y a las Cortes de Apelaciones», por lo que en virtud de dicha disposición las eventuales amonestaciones que se impongan dejan de ser privadas.
Con el objeto de subsanar esta incoherencia, proponen suprimir la voz “privada” en los artículos 532, inciso 3°, numeral 1, y el articulo 542 N°1 del Código Orgánico de Tribunales.
Vea texto íntegro de la moción.
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