Recientemente, la Cámara Baja aprobó- en general y particular- el proyecto de ley, iniciado por mensaje, que pretende sustituir el Título VI de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, de manera tal que el presupuesto de aquellas, esté integrado por los recursos económicos que disponga la Ley de Presupuestos de la Nación, donde además exista un mecanismo de financiamiento para la inversión y desarrollo del material bélico e infraestructura asociada, y para los gastos de su operación y sostenimiento, el cual contará de un presupuesto plurianual y un fondo de contingencia estratégico, entre otras enmiendas que indica.
En el debate, el diputado Hales, informó que el texto primitivo fue mejorado en aras a que el país pueda “contar con un sistema de financiamiento del equipamiento bélico basado en la verdad de las necesidades, usando con transparencia el dinero y el control democrático que el país hará a través de sus representantes en el Congreso”. Asimismo, valoró que se lograra “eliminar la referencia de la Ley Reservada del Cobre, como modelo de cálculo para la base presupuestaria”.
A su turno, el diputado Cardemil recodó que “este es un proyecto que se había demorado muchos años”, pero que hoy se ve reflejado que “las mayorías fueron sustanciales”, lo que “permite reemplazar la Ley del Cobre por otra mejor, que mantiene y proyecta la capacidad disuasiva del país, con absoluto respeto a todas las normas democráticas que deben regir a las aprobaciones de los presupuestos que corresponden”.
Finalmente, diputado Schilling, manifestó una opinión disímil, al observar que el proyecto tiene el inconveniente de que al fijar un piso invariable, le cercena atribuciones al poder político, que es el llamado a establecer las prioridades del desarrollo nacional y velar por la equilibrada distribución de los recursos”. Asimismo, consideró que la creación de un fondo de contingencia para eventuales situaciones bélicas “es completamente innecesaria, porque Chile por sus credenciales financieras y económicas tiene una capacidad de crédito inconmensurable”, existiendo la posibilidad de “recurrir a un crédito externo”.
Vea texto íntegro del mensaje y tramitación.
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