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Tras casi dos años desde su ingreso a trámite.

Comisión de Constitución aprueba iniciativa que amplia las facultades de Carabineros de Chile y de la PDI para practicar las primeras diligencias de investigación de un delito.

“ampliar un poco las facultades de Carabineros para que puedan, dentro de las instrucciones que le entregue el Ministerio Público, actuar en ese ámbito con mayor potencial” y así “poder configurar diligencias que de otra manera se pierden”.
Corresponde ahora que el proyecto sea votado -en primer trámite constitucional- por la Sala del Senado.

7 de junio de 2012

En días pasados, la Comisión de Constitución del Senado aprobó -en general- el proyecto de ley, del 7 de julio del año 2010, relativo a las facultades de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones para practicar, sin orden previa, las primeras diligencias de investigación de un delito.
La iniciativa su origen en una moción de los senadores Allamand, Chadwick, Espina, Larraín y Prokurica y expone que usualmente los casos denunciados al Ministerio Público se archivan porque la Fiscalía no puede seguir adelante con la investigación al carecer de los antecedentes necesarios para esclarecer el delito, y todo sin que haya intervenido el Juez de Garantía, lo que deja en evidencia que “en la mayoría de los casos en que hay imputado desconocido, el delito queda impune”, por lo que se requiere tomar medidas que mejoren la gestión del Ministerio Públicos y de las Policías”.
Observa luego que existen casos en que la Policía puede realizar gestiones sin autorización previa, pero hay una situación concreta en la cual “no puede realizar ninguna diligencia, ni siquiera identificar a los testigos ni consignar las declaraciones que éstos presten voluntariamente, salvo que exista flagrancia o que se requiera resguardar el sitio del suceso”, lo que no es lo habitual, lo que se traduce en que se retardan en su actuar, al llegar la orden requerida varios días después del acontecimiento, perdiendo tiempo valioso para recopilar pruebas.
Con el objeto de subsanar tal situación, proponen modificar el Código Procesal Penal, estableciendo expresamente que «la policía deberá practicar de inmediato las primeras diligencias de investigación pertinentes, dando cuenta al fiscal que corresponda”, y “todo ello conforme a las instrucciones generales que imparta el Ministerio Público.»
En la sesión, el presidente de la precitada Comisión, senador Larraín, enfatizó en que «Hoy día Carabineros está restringido, puesto que la persecución policial le corresponde exclusivamente al Ministerio Público y por lo tanto no pueden hacer mucho, salvo en una hipótesis excepcional de delitos de flagrancia”, por lo que la iniciativa vine a llenar un vacío legal, al “ampliar un poco las facultades de Carabineros para  que puedan, dentro de las instrucciones que le entregue el Ministerio Público, actuar en ese ámbito con mayor potencial” y así “poder configurar diligencias que de otra manera se pierden”.
Corresponde ahora que el proyecto sea votado -en primer trámite constitucional- por la Sala del Senado. 

Vea texto íntegro de la moción, informes, tramitación y discusión.

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