La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional, y la Corte Suprema confirmó la sentencia en alzada.
Para arribar a su conclusión, el máximo Tribunal tuvo presente, en primer término, que el artículo 127 del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal contempla la posibilidad de imponer la medida, incluso al inicio del procedimiento sumarial, de eliminar de inmediato al funcionario investigado por mala conducta.
En función de lo anterior, la Corte procedió a verificar si en el caso sublite concurrían los supuestos de hecho que hacían procedente la medida. Sobre el particular, concluyó que «los hechos que derivaron en su baja inmediata de las filas pueden llegar a implicar un grave quebrantamiento al régimen disciplinario y jerárquico de Carabineros», por lo que la entidad de las faltas bajo investigación justifica, razonablemente, la medida impuesta.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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