Un empleador dedujo recurso de protección, a su nombre y en representación de sus trabajadores, en contra de dos particulares quienes habrían procedido a amenazar a los actores para que abandonen el predio en el que laboran, bajo el pretexto de ser los dueños del mismo, sin aducir resolución judicial alguna. Sostienen como vulnerados el derecho a la igualdad ante la ley, la prohibición de comisiones especiales, el derecho a la propiedad y el derecho de propiedad.
El recurrido adujo su completo desconocimiento de las circunstancias fácticas que lo fundan.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el arbitrio constitucional, al estimar que “analizados los antecedentes aportados por las partes conforme a las reglas de la sana crítica, no se vislumbra la existencia por parte de los recurridos, de algún acto arbitrario o ilegal que pueda haber ocasionado en el actor conculcación de las garantías constitucionales que esta acción constitucional resguarda”, sobre todo al considerar que los recurrentes no han aportado prueba alguna a fin de acreditar las circunstancias fácticas en que funda su acción.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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