En el contexto de la publicación en el Diario Oficial, de la Ley N°20.559, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica (Véase relacionado), la Contraloría General de la Republica, impartió instrucciones tendientes a precisar el alcance del contenido de la nueva ley.
El instructivo indica que el reajuste del 5% en las remuneraciones de funcionarios públicos y servidores del sector público, deberán expresarse y girarse en cantidades enteras, a partir del 1° de diciembre de 2011. Respecto del reajuste en los montos indicados en el Decreto Ley 3.501 de 1980, que fija el nuevo sistema de cotizaciones previsionales, será igualmente de un 5%, y su aplicación será conforme lo que indica el artículo 4 del referido cuerpo legal. Asimismo, el valor de la hora cronológica de los profesionales de la educación, deberá también reajustarse a partir del pasado 1° de diciembre del año 2011, y será de un 5%.
Cabe destacar, que los funcionarios públicos no beneficiados con la suma señalada, corresponde aquellos trabajadores que su remuneración fue fijada conforme a las normas de negociación colectiva establecidas en el Código del Trabajo; también aquellos funcionarios cuya remuneración es determinada o pagada en moneda extranjera y aquella que es pagada por la entidad empleadora, por ejemplo: los servidores municipales.
Finalmente, señala que el financiamiento del reajuste y demás beneficios, se efectuará conforme a los recursos contemplados en la Partida Presupuestaria del Tesoro Público; entre otras aclaraciones que el instructivo consulta.
Vea texto íntegro del informe.
Vea texto íntegro de la Ley N°20.559.
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