El Senado aprobó- con 22 votos a favor- el informe de la Comisión de Constitución que acordó rechazar los cambios que introdujo la Cámara baja al proyecto de ley que tiene por objeto dar cumplimiento a la reciente reforma constitucional, que introdujo un párrafo cuarto al numeral 3° del artículo 19 de la Constitución.
La iniciativa pretende fijar la oportunidad en la cual el Estado debe proporcionar un defensor al imputado por un delito en caso de no nombrarse a uno particular, para lo cual se propuso disponer que: “Todo imputado que carezca de abogado, tendrá derecho irrenunciable a que el Estado le proporcione uno. La designación del abogado la efectuará el juez antes de celebrar la primera actuación del procedimiento que requiera de la presencia de dicho imputado”. Asimismo, garantizar que el imputado, al ser informado de su derecho a guardar silencio podrá renunciar a él, y en ese caso “todo lo que manifieste podrá ser usado en su contra”.
En el debate, la presidenta de la Comisión de Constitución, senadora Alvear manifestó que «se constató que las enmiendas que introdujo la Cámara de Diputados podrían hacer surgir nuevas dudas respecto del momento en que se hace necesaria la presencia de un abogado defensor para validar las actuaciones efectuadas en el procedimiento».
Finalmente, destacó que con el objeto de buscar la mejor fórmula, se optó por “proponer al Senado el rechazo de las modificaciones acordadas por la Cámara” y obtener una “mejor respuesta a este tema”.
Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación.
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