Una empresa eléctrica reclamó ante la Corte de Apelaciones de Temuco en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) por una multa de 400 unidades tributarias mensuales, que le fuera impuesta, alegando la sustitución de esta medida por la de amonestación por escrito.
El reclamo fue acogido por el Tribunal de Alzada, pero la Corte Suprema revocó tal decisión y lo rechazó.
Para arribar a su conclusión, el máximo Tribunal tuvo presente que la empresa reclamante reconoció los hechos que motivaron la imposición de la multa y que el actuar de la empresa “causó un grave riesgo a la seguridad de los moradores y de los bienes de las diecisiete viviendas que forman parte de una comunidad habitada, como también a los trabajadores que laboraban en las faenas de construcción”, lo cual configura el estándar de importancia del peligro ocasionado previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de la SEC, por lo cual no se vislumbran razones para modificar la sanción impuesta.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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