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A propósito de las reformas al sistema judicial.

Ejecutivo ingresará a trámite legislativo nuevo Código Procesal Civil.

En el contexto de las variadas reformas a nuestro sistema judicial en los últimos años, tendientes a la oralidad y a la agilización de los diversos procedimientos que contempla nuestro ordenamiento jurídico. Se suma la modificación al Código de Procedimiento Civil, que se encuentra listo para ser ingresado a trámite legislativo en el Congreso Nacional. […]

6 de diciembre de 2011

En el contexto de las variadas reformas a nuestro sistema judicial en los últimos años, tendientes a la oralidad y a la agilización de los diversos procedimientos que contempla nuestro ordenamiento jurídico. Se suma la modificación al Código de Procedimiento Civil, que se encuentra listo para ser ingresado a trámite legislativo en el Congreso Nacional.

El estudio de un nuevo texto legal, comenzó en el año 2005, durante el Gobierno de Michelle Bachelet, y ha sido sometido a un pormenorizado análisis por parte de la actual administración, la que estuvo a cargo de una Comisión Intraministerial, liderada por el ex Ministro de Justicia, Felipe Bulnes, y apoyada por destacados académicos del área procesal, como son Cristián Maturana, José Pedro Silva y Raúl Tavolari.

Entre los diversos cambios que se proponen, destaca la simplificación de los procedimientos que contempla el CPC, como la eliminación de los trámites de réplica y dúplica; reducir la escrituración y resaltar la oralidad en los trámites útilmente necesarios como el término probatorio, eliminando así las pruebas testimoniales tomadas por receptores. Asimismo, se reducirán entre 15 y 20 días, los plazos para el dictamen de sentencias, bajo sanción de nulidad.  

Otra de las ideas es el “sistema de cobranza judicial” que se encuentra dentro de la órbita de competencias del juez. Con esta reforma se pretende crear la figura de “oficiales de ejecución”, lo que estarán a cargo de llevar a cabo las cobranzas. Esto conlleva una reforma constitucional, ya que requerirá de una normativa orgánica y sujetarlos a supervigilancia, la que estaría a cargo de la Superintendencia de Quiebra. Ahora será el ejecutado el juicio quien inicie el juicio ejecutivo ante el juez civil, oponiendo alguna de las seis excepciones que contempla el nuevo código. En relación a esto, también se propone terminar con la preparación de la vía ejecutiva.

El cambio más fundamental, se encontraría en el rol que cumpliría la Corte Suprema, creándose el denominado “CERTIORARI”, la que sólo cumpliría con la función de aunar jurisprudencia, formar doctrina y escoger los casos que conocerá y pronunciará.

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