La moción de los diputados Araya, Bertolino, Marinovic, Martínez, Santana, Sauerbaum, Vargas, Velásquez y Verdugo, expresa que la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, establece el deber de contar con una declaración de principios para toda organización que desee constituirse como partido político, un resumen de la cual debe publicarse posteriormente en el Diario Oficial.
Observa luego que esta declaración de principios deberá contener la forma y el método con que el partido político dará cumplimento a las obligaciones que la ley le atribuye a estas organizaciones, en el artículo 2°, esto es, “propender a la defensa de la soberanía, independencia y unidad de la Nación y contribuir a preservar la seguridad nacional, los valores esenciales de la tradición chilena y la paz social”.
Con el objeto de clarificar el contenido de esta declaración de principios, los parlamentarios proponen agregar un párrafo a la letra d) del artículo 5° de citado cuerpo legal, a fin de establecer que la declaración de principios deberá contener la forma y el método con que se dará cumplimiento a las obligaciones mencionadas.
Vea texto íntegro de la moción.
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