La Cámara de Diputados aprobó –con 102 votos a favor y una abstención- el proyecto de ley, iniciado por mensaje en junio del año 2008, que tiene por objeto la creación de Juzgados de Policía Local en diversas comunas del país que hoy no cuentan en su territorio con esta clase de tribunales, y, a su vez, crear un juzgado de policía local adicional en determinadas comunas, que por su carga de trabajo, es necesario hacerlo.
La iniciativa, se fundamenta en múltiples solicitudes formuladas por municipalidades, autoridades regionales y diversos organismos, tanto de nivel local como regional. Asimismo, en el facilitar a la población el acceso a la justicia en zonas apartadas.
Cabe destacar, que en las comunas donde no existe un juez de policía local será el alcalde quien desempeñe tal función, con excepción de materias que deben ser conocidas por jueces letrados siendo competente el juez de policía local más próximo del lugar donde se suscitaron los hechos, lo que implica no solo “consecuencias económicas y de tiempo para los interesados”.
En un principio se contempló la generación de 72 juzgados de policía local los que tras el debate en ambas Cámaras, aumentaron a 82.
Asimismo, se modifican las plantas de personal en las respectivas municipalidades tras incorporar en el grado más alto de la planta de Directivos el cargo de Juez de Policía Local. En igual sentido, pero en todas las comunas del país, incorporar el cargo de “Secretario abogado de juzgado de policía local”, quien como su denominación lo indica, deberá contar con el título de abogado, lo que le permite subrogar al juez en casos de impedimento o inhabilidad.
Finalmente, la iniciativa fue despachada al Ejecutivo quien deberá pronunciarse a fin de que el texto aprobado se convierta en ley.
Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.
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