La Corte de Apelaciones había acogido la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó la sentencia en alzada, por cuanto “a la fecha de resolver la presente acción constitucional ésta ha perdido oportunidad, pues la autoridad recurrida acogió la reconsideración presentada por la Municipalidad de Freire respecto del mencionado dictamen”, con lo que Contraloría procedió a emitir un nuevo dictamen. En consecuencia, “procede que desde la fecha en que le fue notificada la precitada Resolución la Municipalidad de Freire compute el plazo de seis meses sin obligación de trabajar a que tiene derecho la aludida servidora conforme al artículo 149 de la Ley Nº 18.883, plazo al término del cual debe declararse la vacancia de su cargo”.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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