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En primer trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que modifica cuerpo legal que regula trasplantes y donación de órganos.

El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, se encuentra consagrado explícitamente a nivel constitucional. A su turno, la ley N°19.451, establece normas sobre trasplantes y donación de órganos. La Cámara de Diputados aprobó –con 87 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones- la moción de […]

7 de noviembre de 2011

El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, se encuentra consagrado explícitamente a nivel constitucional. A su turno, la ley N°19.451, establece normas sobre trasplantes y donación de órganos.

La Cámara de Diputados aprobó –con 87 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones- la moción de los diputados Accorsi, Burgos, Castro, Macaya, Monsalve, Núñez, Robles, Rubilar, Torres y Walker, que tiene por objeto fundamental modificar la mencionada Ley, reforzando que toda personas sea donante de órganos, salvo que expresamente señale lo contrario. De esta forma se dio cumplimiento al primer trámite constitucional.

En la instancia, los autores de la moción expresaron que la modificación anterior a la Ley de órganos, no tuvo los resultados deseados reflejándose esto en la tasa nacional de donantes que disminuyó significativamente el último año. Esto según indicaron, se debe al desconocimiento de la Ley en la ciudadanía y a la complejidad administrativa que se ven enfrentadas las personas para tomar una decisión “certera e informada” al momento de renovar se cédula de identidad o su licencia de conducir.    

El proyecto contempla que toda persona mayor de 18 años será considerada, por el sólo ministerio de la ley, como donante de órganos una vez fallecida, salvo que se presente un documento otorgado ante notario público, a través del cual la persona manifieste su voluntad de no ser donante de órganos.

Asimismo toda persona podrá manifestar su intención de ser donante de órganos a través de los medios contemplados por la ley, como una declaración jurada ante notario público o funcionario público o municipal, quienes consagraran la voluntad del donante en su cédula de identidad o documento de conducir.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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