El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2331 del Código Civil.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio por responsabilidad civil extracontractual e indemnización de perjuicios, seguido ante un Juzgado Civil de Santiago, que se encuentra actualmente en estado de haber finalizado la etapa de discusión y dictada la interlocutoria de prueba y habiéndose, además, realizado el llamado a la gestión de conciliación, sin que haya prosperado.
El requirente estima que la aplicación de la norma cuestionada infringe bases y valores fundamentales consagrados por la Carta Fundamental en su Capítulo I –“Bases de la Institucionalidad”: artículos 1° y 5°–, entre ellos el reconocimiento de la dignidad humana, la servicialidad del Estado, el de responsabilidad y respeto y promoción de los derechos esenciales del hombre, como asimismo el artículo 19 en sus numerales 2, 4 y 26.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la parte demandada en la gestión pendiente en que incide el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2071.
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