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Por haber ejercido dentro de sus facultades legales.

Corte de Valparaíso rechazó acción de protección contra una orden de desalojo de terreno fiscal.

Se dedujo acción de protección en contra de diversas autoridades públicas de nivel regional, provincial y comunal, por haber procedido a realizar un desalojo de varios inmuebles de la comuna de La Ligua, de manera ilegal y arbitraria. La actora señala que se vulnera su derecho a la vida y la integridad física y psíquica, […]

16 de septiembre de 2011

Se dedujo acción de protección en contra de diversas autoridades públicas de nivel regional, provincial y comunal, por haber procedido a realizar un desalojo de varios inmuebles de la comuna de La Ligua, de manera ilegal y arbitraria. La actora señala que se vulnera su derecho a la vida y la integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley y prohibición de establecer diferencias arbitrarias, igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, de petición y de propiedad.
La Gobernación Provincial recurrida informó que se encontraba legalmente facultada para realizar el desalojo aludido. La SEREMI de la Región de Valparaíso señala que el desalojo se justificó en la ocupación ilegal por parte de los recurrentes.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso tuvo por establecida la ocupación ilegal del inmueble desalojado del recurrente, que es un terreno fiscal, a partir de lo cual concluye que los órganos públicos recurridos contaban con las atribuciones legales para ordenar el desalojo, esto es, la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior. Agrega que han sido los propios recurrentes quienes han reconocido que carecen de títulos de propiedad para ocupar el bien en cuestión, por lo que mal podría estimarse conculcado su derecho constitucional de propiedad como tampoco su derecho a la igualdad ante la ley, ya que han sido los propios actores quienes, con su actuar, se colocaron por sobre la ley. 

Vea texto íntegro de la sentencia.

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