La Corte de Apelaciones de Talca acogió la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó la sentencia en alzada.
Razona que el acto impugnado fue expedido el día 7 de enero del año en curso, que uno de los recurrentes solicitó su invalidación al Municipio con fecha 8 de febrero y que la autoridad edilicia respondió negativamente el día 18 de febrero. En efecto, el máximo Tribunal consideró que la acción es extemporánea, en la medida que lo reclamado es el otorgamiento de la patente de alcoholes de cabaret, conocido por los actores a lo menos desde el 8 de febrero, en circunstancias que el recurso fue ingresado a la Corte de Apelaciones con fecha 25 de marzo.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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