La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), como un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), pretende promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.
La CIDH, mediante un comunicado de prensa, señaló que conforme a “la violación de derechos humanos” presentó ante ésta, el día 07 del presente mes, el caso Nº 12.576, denominado “Norín Catriman y otros” -todos dirigentes y activistas del pueblo indígena Mapuche en Chile- fundando su denuncia en un procesamiento y condena por delitos terroristas que, a su juicio, por cuanto la “normativa penal contraria al principio de legalidad”, ya que adolece de una serie de “irregularidades que afectaron el debido proceso”. Asimismo, la referida normativa “adolece de ambigüedades”, lo que permitió calificar su conducta –el provocar incendios a modo de protesta social en el contexto del “conflicto Mapuche”- como terrorista, entendiendo que sus reclamos se deben principalmente, tanto a la discriminación sufrida como a la restitución de tierras ancestrales que consideran pertenecerles.
Vea comunicado de prensa CIDH.
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