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CS desestimó acción protección en contra del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por la dictación del reglamento que establece el registro nacional de mantenedores de ascensores.

La Asociación Chilena de Mantenedores de Ascensores (ACIMA) dedujo acción de protección en contra del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por la dictación del

16 de agosto de 2011

La Asociación Chilena de Mantenedores de Ascensores (ACIMA) dedujo acción de protección en contra del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por la dictación del Reglamento del Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores (D.O., 9 junio 2010), por cuanto vulneraría la igualdad ante la ley y la libertad económica.
La Corte Suprema rechazó el arbitrio constitucional, al estimar que “la dictación del Decreto Supremo N°22 del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, obedece al inequívoco propósito de dar seguridad a los usuarios de los ascensores, escalas mecánicas, rampas mecánicas o montacargas, para lo cual establece el registro correspondiente de las personas naturales o jurídicas idóneas para la actividad que reglamenta, teniendo en cuenta para tal efecto, su experiencia y la preparación profesional de acuerdo a lo que señalan los artículos 13 y 24 del propio Decreto Supremo n°22”.

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