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En el Diario Oficial.

Fue publicada Ley que garantiza que la información entregada bajo la modalidad de un “predictor de riesgo” sea exacta, actualizada y veraz.

La modificación legal tuvo su origen en una moción de los parlamentarios Burgos, Ceroni, Díaz, Farías, Goic, Harboe, Robles, Saa y Tuma –ingresada a trámite legislativo en diciembre de 2009- mediante la cual se propuso prohibir la realización de “ranking o predictores de riesgo” comercial basados en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a una determinada persona, incluyéndose en tal prohibición la entrega a terceros de la información relativa al número de consultas de sus datos.

29 de julio de 2011

En días pasados, fue publicada la Ley N° 20.521, que modifica la Ley Nº 19.628, sobre protección de datos de carácter personal para garantizar que la información entregada a través de predictores de riesgo sea exacta, actualizada y veraz.
La modificación legal tuvo su origen en una moción de los parlamentarios Burgos, Ceroni, Díaz, Farías, Goic, Harboe, Robles, Saa y Tuma –ingresada a trámite legislativo en diciembre de 2009- mediante la cual se propuso prohibir la realización de “ranking o predictores de riesgo” comercial basados en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a una determinada persona, incluyéndose en tal prohibición la entrega a terceros de la información relativa al número de consultas de sus datos.
A los fines expuestos, la Ley N° 20.521 introduce un inciso final al artículo 9° de la ley Nº 19.628, que dispone: “Prohíbese la realización de todo tipo de predicciones o evaluaciones de riesgo comercial que no estén basadas únicamente en información objetiva relativa a las morosidades o protestos de las personas naturales o jurídicas de las cuales se informa. La infracción a esta prohibición obligará a la eliminación inmediata de dicha información por parte del responsable de la base de datos y dará lugar a la indemnización de perjuicios que corresponda”.  

Vea texto íntegro de la Ley N° 20.521.

Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación boletín N° 6800-03.

Vea texto íntegro de la Ley N° 19.628, modificada por la Ley N° 20.521.

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