El TC, luego de que el requirente subsanará los defectos de su libelo, admitió a tramitación la acción de inaplicabilidad que impugna el inciso final del artículo 41 del D.F.L. N° 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas.
La empresa requirente –Entel– sostiene que de aplicársele la norma legal impugnada se vulnerarán los derechos constitucionales que indica en su libelo.
La gestión pendiente invocada es un recurso de casación en el fondo seguido ante la Corte Suprema, mediante el cual pretende anular la sentencia que condenó a Entel a reembolsar las sumas de dinero que corresponden al costo del traslado de las instalaciones que mantenía en bienes nacionales de uso público.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días al Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 1993.
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