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En la Comisión Unida de Constitución y Salud.

Debate ha generado la norma que permite que menores de edad tengan derecho a confidencialidad en sus diagnósticos médicos.

En el marco de la discusión del proyecto de ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud, el senador Fulvio Rossi -Presidente de la Comisión de Salud- precisó que no existe acuerdo en torno a la disposición que establece el derecho […]

1 de julio de 2011

En el marco de la discusión del proyecto de ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud, el senador Fulvio Rossi -Presidente de la Comisión de Salud- precisó que no existe acuerdo en torno a la disposición que establece el derecho a que los jóvenes entre 14 y 18 años puedan contar con la confidencialidad de sus diagnósticos médicos, siempre y cuando ello no ponga en riesgo su salud y su vida.

El parlamentario explicó que en la primera sesión de las Comisiones Unidas de Constitución y Salud, existió un gran debate en torno a que si un “adolescente tiene derecho a solicitarle al médico tratante que la información relativa a su estado de salud sea confidencial” y aclaró que en la Comisión de Salud “establecimos que si el médico cree que es necesario, por la salud del adolescente, que los padres sepan, puede pedir autorización a un comité de ética para entregar esa información aún contra la voluntad del adolescente, pero lo que no estamos de acuerdo es que no se considere la opinión del adolescente”.

El proyecto de ley –que cumple su segundo trámite constitucional-  en lo fundamental establece que toda persona tiene derecho a que cualquiera que sea el prestador que le otorgue atención de salud éstas sean dadas oportunamente y sin discriminación arbitraria alguna, en las formas y condiciones que determinan la Constitución y las leyes, teniendo la persona, o quien la represente, derecho a ser informada acerca de la ocurrencia de un evento adverso, independientemente de la magnitud de los daños que se hayan ocasionado.

También la iniciativa establece que los pacientes tienen derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia.

Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.

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