La Corte de Apelaciones de Puerto Montt declaró admisibles sendos recursos de protección en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, por la resolución exenta que calificó favorablemente el proyecto denominado “HidroAysén”.
El arbitrio constitucional fue interpuesto por un grupo de senadores y diputados de distintas bancadas, junto a diversas organizaciones y personas.
El tribunal de alzada dictó una orden de no innovar en contra de la resolución exenta impugnada. De esta manera el proyecto hidroeléctrico no podrá ejecutarse hasta que la Corte se pronuncie sobre el fondo del asunto.
Es del caso señalar que la Corte Apelaciones de Puerto Montt debió asumir la competencia en el asunto, ya que la Corte de Apelaciones de Coyhaique se inhabilitó puesto que con anterioridad había conocido otros recursos en la misma línea.
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