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Reforma constitucional.

Diputados proponen que las reglas de la indemnización por error judicial sean aplicadas cuando exista una errónea formalización por parte del Ministerio Público.

La Constitución establece que “Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido”, indemnización que debe […]

10 de junio de 2011

La Constitución establece que “Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido”, indemnización que debe ser determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario en él que la prueba se aprecia en conciencia (art. 19 Nº 7, letra i).     
La moción de los diputados Hoffmann, Kast, Macaya, Melero, Morales, Recondo, Salaberry, Turres, Von Mülehnbrock y Ward, expresa que la formalización de la investigación «es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados».
Observan luego que en “más de alguna oportunidad este acto se asemeja al llamado auto de procesamiento”, sin embargo aclaran que ello “no es así”, ya que esa “formalización implica ante todo un acto de garantía de los derechos del imputado”.
A pesar de ello, añaden, “en muchas oportunidades esta institución ha sido poco entendida por la comunidad”, la que tiene la convicción que representa “per sé una condena para el imputado”. En tal sentido, estiman, “dicha situación implica necesariamente un prejuicio que trasciende al ámbito puramente judicial, abarcando también a la esfera social”. De allí que “los errores en la apreciación de los elementos que puedan conducir a la persecución penal de un individuo por parte del Ministerio Público y que gatillen la formalización de una persona claramente inocente” resultan graves.
Con el objeto de subsanar la situación antes descrita y que el Ministerio Público sea cuidadoso en la persecución penal, proponen modificar la Constitución a fin de que se apliquen las reglas de la indemnización por error judicial cuando exista una errónea formalización de la investigación en contra de una persona.

Vea texto íntegro de la moción.

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