La moción de los diputados Espinosa, Jiménez y Ojeda, expresa que la Carta Fundamental dispone que “los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, lo que se ha entendido como “una condición inalienable al hombre, al igual que la libertad y la dignidad”; siendo la igualdad un principio “inspirador que informa y nutre todo el quehacer jurídico”.
Observan luego que existe una norma legal, “dictada en una época pretérita, que no se explica racionalmente y que, en definitiva, resulta ser inconstitucional”, que establece una “desigualdad arbitraria” referida a que “los civiles que se encuentren privados de libertad deben cumplir dicha medida en la cárcel o centros dispuestos al efecto”, mientras que los militares “gozan de un privilegio” en cuanto a que la “privación de libertad” la cumplen en los cuarteles militares.
A fin de eliminar tal discriminación arbitraria y hacer efectiva la igualdad ante la ley, proponen derogar los artículos 137, 137 bis y 138 del Código de Justicia Militar, haciendo aplicables a los militares las mismas normas sobre detención del derecho común.
La iniciativa consulta una disposición transitoria referida a que quienes se encontraren actualmente privados de libertad, conforme lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Justicia, deberán ser puestos a disposición de Gendarmería de Chile, a más tardar dentro de 15 días de publicada la ley en el Diario Oficial, a fin de que ésta se haga cargo de los detenidos.
Vea texto íntegro de la moción.
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