La Carta Fundamental regula la materia –adquisición y perdida de la nacionalidad- en su capítulo II, que lleva por título, precisamente, “Nacionalidad y Ciudadanía”. También otorga, a quien le fuere desconocida o privada su nacionalidad chilena -por acto o resolución de autoridad administrativa-, el denominado recurso de reclamación en materia de nacionalidad, que se interpone ante la Corte Suprema y es conocido por el Tribunal Pleno.
La nacionalidad chilena se adquiere en virtud de las denominadas fuentes naturales, biológicas u originarias –los casos de ius solis o de ius sanguinis-, o bien por medio de las llamadas fuentes derivadas, adquiridas o legales, esto es, a través de la obtención de la carta de nacionalización o por especial gracia de nacionalización por ley.
En este último caso la nacionalidad puede perderse por una ley que revoque la nacionalidad concedida por gracia.
La moción de los diputados Accorsi, Ascencio, Carmona, Espinoza, Gutiérrez, León, Ojeda y Silber, expresa que mediante el mecanismo antes señalado, se otorgó la nacionalidad a Horst Paulmann Kemna por cuanto “había contribuido enormemente al desarrollo económico del país, beneficiando uniformemente a los distintos sectores de la población”.
No obstante ello, observan, desde la dictación de la Ley N° 20.127 (D.O. 19 octubre 2006), se “han acumulado una enorme cantidad de antecedentes nuevos que ameritan” que, de acuerdo artículo 11 de la Constitución, “se le revoque dicha nacionalidad a este empresario que fuera honrado con ella”, quedando mostrado en los últimos años “el verdadero móvil de su estrategia empresarial, el que se aleja profundamente de un sincero interés por el beneficio de la sociedad chilena”, y el cual se acerca “peligrosamente a un lucro desmedido, el que ha buscado incluso vulnerando los derechos fundamentales de sus trabajadores, y profitando de la tragedia que el terremoto del 27 de febrero de 2010”.
En apoyo de la iniciativa sus autores refieren los acontecimientos que dan asidero a su proyecto, como son un “eventual fraude aduanero de Cencosud”, las graves vulneraciones a los derechos humanos de sus trabajadores, cobros abusivos en las tarjetas de crédito; los que “distan muchísimo del aporte que se consideró constituía para el país su trabajo y dedicación profesional al momento de concedérsele la nacionalidad chilena por gracia”, por lo cual proponen revocarle su nacionalidad chilena.
Vea texto íntegro de la moción boletín N° 7642.
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