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Modifica Código Penal.

Diputados proponen sancionar con multa al que con ocasión de reuniones públicas de carácter cultural, política, religiosa u otra semejante hiciere uso ofensivo de emblemas nacionales.

(…)la bandera “es un símbolo que portan los chilenos en cada acontecimiento sin importar su entidad”, el cual opera como “elemento de unión a las personas que quieren expresar una idea en las más diversas instancias”, lo que quedó de manifiesto en el “fatídico” 27 de febrero de 2010, o en el “rescate de los 33 mineros”

13 de mayo de 2011

La moción de los diputados Alvarez-Salamanca, Arenas, Macaya, Nogueira, Recondo, Rosales, Sabag, Silva, Van Rysselberghe y Ward, expone que la bandera nacional “es un elemento simbólico que representa los valores más trascendentales de la chilenidad”, valores que son “atemporales y aterritoriales”.
Observan luego que la bandera “es un símbolo que portan los chilenos en cada acontecimiento sin importar su entidad”, el cual opera como “elemento de unión a las personas que quieren expresar una idea en las más diversas instancias”, lo que quedó de manifiesto en el “fatídico” 27 de febrero de 2010, o en el “rescate de los 33 mineros”, siendo la bandera “un elemento gatillador de aliento, esperanza y compromisos de todos los involucrados en los actos asistencia a las víctimas”.
A fin de “consagrar sanciones frente a los graves atentados que personas efectúan contra nuestro pabellón, como una medida de repulsa contra tan deleznables acciones”, proponen sancionar con una multa de una a cuatro UTM a la persona que con ocasión de un acontecimiento público, de cualquier clase, dañare los símbolos patrios oficiales en señal de burla o desprecio.

Vea texto íntegro de la moción.

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