Se dedujo acción de protección en contra de la Municipalidad de Santiago, que ordenó el cierre de un local comercial por no contar con su patente municipal al dia.
El recurrente expone que el local solo lo utiliza como su lugar de habitación, debido a que aún no ha obtenido carnet de extranjeros y, en consecuencia, no ha podido iniciar actividades. Estima que la clausura decretada vulnera sus garantías constitucionales, específicamente, el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia; la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada; y su libertad de conciencia, como también los derechos garantizados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles.
La Corte de Apelaciones de Santiago, al rechazar el arbitrio constitucional, razonó que los antecedentes aportados por la parte recurrente “no constituyen elementos de convicción suficientes para estimar acreditado que los hechos invocados en el recurso” constituyan un acto arbitrario o ilegal que “amague, altere o prive” al actor del legítimo ejercicio de derechos y garantías constitucionales.
El fallo agrega que la recurrida actúo en uso de sus facultades legales, toda vez que constató que el recurrente ejercía “el giro de Almacén de Comestibles sin patente comercial ni autorización municipal”.
La Corte Suprema confirmó el fallo en alzada.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Vea texto íntegro de la Corte Suprema.
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