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Fallo fue confirmado por la CS.

Corte de Concepción acogió recurso de protección en contra de Universidad que solicitó a la Tesorería retener de la devolución de impuestos deuda originada en un crédito universitario.

Se dedujo una acción de protección en contra de la Universidad de Concepción y de la Tesorería General de la República, que retuvo de la devolución de impuesto a la renta del año tributario 2010 de un particular, una supuesta deuda originada en un crédito universitario, lo que el recurrente estima vulnera su derecho de […]

26 de marzo de 2011

Se dedujo una acción de protección en contra de la Universidad de Concepción y de la Tesorería General de la República, que retuvo de la devolución de impuesto a la renta del año tributario 2010 de un particular, una supuesta deuda originada en un crédito universitario, lo que el recurrente estima vulnera su derecho de propiedad.
El plantel universitario, al informar el recurso, expuso que el actor mantiene actualmente una deuda vigente por crédito universitario, mientras que la Tesorería hizo presente que carece de legitimación pasiva, pues se limitó a cumplir el mandato legal del artículo 1º de la ley 19.989, que faculta al Servicio de Tesorerías para retener la devolución anual de impuesto a la renta correspondiente a los deudores de crédito universitario.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió la acción constitucional intentada, para lo cual consideró que la deuda fue adquirida según lo dispuesto en el D.L. 3.541, de 1980, y en el DFL Nº 4, de 1981, cuerpos legales distintos de aquellos a los que se refiere el artículo 2º de la Ley Nº 19.989, que habilita para efectuar la retención de la devolución de impuestos.
El fallo concluye que los recurridos no tenían la facultad para “ordenar  y retener la devolución de impuestos a la renta” y que con su actuación infringieron la garantía constitucional relativa al derecho de propiedad.
La Corte Suprema confirmo la sentencia en alzada.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones Rol N° 586-2010.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 1478-2011.

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