El proyecto, iniciado por moción del Senador Eugenio Tuma, propone introducir un nuevo inciso final en el artículo 9º del referido cuerpo legal, de manera de prohibir la realización de “ranking o predictores de riesgo” comercial basados en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a una determinada persona, incluyéndose en tal prohibición la entrega a terceros de la información.
Durante la discusión, el senador García aseveró que «resulta incomprensible que para elaborar un predictor de riesgo se considere el número de veces que es consultado el RUT de una persona», y recordó un reciente fallo de la Corte Suprema que, sostuvo, pone “las cosas en su lugar, porque la medición de capacidad financiera de una persona tiene que estar basada en el ingreso y endeudamiento que tiene». (Véase relacionado)
La Sala acordó fijar hasta el próximo 4 de abril como plazo máximo para presentar indicaciones.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y tramitación.
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