La moción de los Senadores Escalona, Lagos y Zaldívar, manifiesta preocupación por la “actual situación cambiaría en Chile”, toda vez que actualmente “el nivel de tipo de cambio real” podría “ser demasiado bajo para contar con un sector exportador no minero competitivo y dinámico en el largo plazo”. El alto precio del cobre, señalan los autores de la iniciativa, sería el que podría explicar en “gran parte la actual apreciación del peso”, lo que tiene como efecto tanto “una caída en la rentabilidad de los sectores exportadores no ligados a la minería, especialmente los vinculados al sector agrícola”, como una incidencia en “no materializar inversiones productivas en estos sectores, disminuyendo su competitividad a nivel global”.
Añaden que “el margen de acción del Congreso Nacional es casi nulo en esta área producto de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República” en todo lo que se refiere “a la administración financiera del Estado”.
Luego hacen propio lo resuelto por el Tribunal Constitucional (Rol N° 1867), al pronunciarse sobre el requerimiento de inconstitucionalidad de algunas glosas de la Ley de Presupuestos 2011, donde razonó que “la entrega de información relativa al gasto público es un mecanismo adecuado y proporcional a favor del Congreso, frente a las enormes potestades que el Ejecutivo tiene en materia presupuestaria, que articula una sana relación entre dichos órganos. Dicha entrega no implica ni interferir, ni entrabar, ni entrometerse en la administración financiera del Estado. Es decir, no desnaturaliza la relación entre ambos órganos del Estado. Respeta, por tanto, el principio de interpretación de corrección funcional”. (Véase relacionado).
Con el fin de “aumentar la transparencia respecto de las operaciones cambiarías realizadas por el Gobierno Central y así permitir la evaluación del efecto sobre el tipo de cambio de los eventuales descalces cambiarios del Fisco” que, señalan, lo obligan “a tener que vender sumas importantes de dólares para financiar gasto en pesos”, proponen modificar la Ley Nº 20.128, sobre responsabilidad fiscal, e incorporar un nuevo artículo 25 que disponga: “La Dirección de Presupuestos proporcionará a las Comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, un informe trimestral de las operaciones cambiarías realizadas por el Gobierno Central, especificando las cantidades vendidas y compradas de dólares de los Estados Unidos de América, así como de otras monedas extranjeras, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo trimestre”.
Vea texto íntegro de la moción.
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