La Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, dispone que los reglamentos del Senado y de la Cámara de Diputados establecerán las comisiones permanentes que consideren necesarias para informar los proyectos sometidos a su consideración. Asimismo, que en cada una de las Corporaciones existirá una comisión de hacienda encargada de informar los proyectos en lo relativo a su incidencia en materia presupuestaria y financiera del Estado.
La moción del Senador Chahuán considera que “así como existe una norma de rango legal, de carácter orgánico constitucional, en virtud de la cual se creó una Comisión de Hacienda en cada rama del Congreso, se hace necesario también establecer en cada Cámara, una unidad de técnica legislativa y de seguimiento de leyes”.
A fin de crear dicha unidad, propone incorporar en la citada norma que “cada Cámara deberá contar con una Unidad de Técnica Legislativa y de Seguimiento de Leyes, las que tendrán por objeto colaborar con las comisiones permanentes, respecto de las normas legales vigentes que serán afectadas o deben derogarse o modificarse con la aprobación de la norma propuesta”. Estas unidades deberán emitir “los informes correspondientes” y prepararán los “proyectos de codificación de alguna ley determinada, que por el contenido de sus normas deba estar unificada en un texto de este tipo”. Asimismo, la referida Unidad efectuará “un seguimiento de las leyes aprobadas, a fin de establecer si se hace necesario modificarlas”. Cada Cámara dictaría el reglamento respectivo donde quedaría regulado el funcionamiento de su propia Unidad.
Vea texto íntegro de la moción.
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