El artículo 11 de la Ley Nº 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, dispone que proyectos o actividades sometidos al sistema de evaluación de impacto ambiental requieren de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental.
La moción, patrocinada por los diputados Bertolino, Browne, García, Monckeberg, Pérez y Santana, propone sustituir la letra d) de la citada disposición, por la siguiente: «Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial del Estado, susceptibles de ser afectados».
Se busca así proteger aquellos lugares pertenecientes a nuestro patrimonio natural que puedan verse afectados por proyectos o actividades desarrollados en ellos.
Vea texto íntegro del boletín N° 7182-12.
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