La moción, patrocinada por los diputados Bertolino, Cardemil, Pérez y Sabat, modifica el inciso primero del artículo 19 N° 11 de la Constitución, que dispone: “La Constitución asegura a todas las personas: La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”.
Exponen que la Carta Fundamental estableció un sistema de redacción en que cada numeral del artículo 19, que asegura los derechos fundamentales, el Constituyente señala, en su inciso primero, el principio que se consagra como derecho o libertad, para dejar a los incisos siguientes el contenido y regulación del mencionado precepto. Pero que no ocurre lo mismo en el numeral que se pretende modificar, pues no se alude en él al principio rector se consagra, limitándose la Constitución a distinguir los rasgos que incluye la norma lo que impide realizar una lectura congruente de la libertad de enseñanza con el encabezado del artículo 19.
Para salvar la omisión que observan, proponen incorporar, a continuación de la palabra «enseñanza», una coma y la palabra «que», a fin de que el precepto quede redactado y señale que “La libertad de enseñanza, que incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales” ponga de relieve el alcance esa libertad.
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Reforma Constitucional.
Diputados buscan aclarar el numeral 11 del artículo 19 de la Constitución relativo a la libertad de enseñanza para destacar el principio rector de la libertad que se asegura.
La moción, patrocinada por los diputados Bertolino, Cardemil, Pérez y Sabat, modifica el inciso primero del artículo 19 N° 11 de la Constitución, que dispone: “La Constitución asegura a todas las personas: La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”.Exponen que la Carta Fundamental estableció un sistema de redacción […]
11 de agosto de 2010