Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la Ley N° 20.194 “que interpretó el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo”, en relación a una causa laboral de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago en sede de un recurso de nulidad.
La Segunda Sala resolvió que la acción constitucional deducida no puede prosperar, siendo impertinente, por ende, que sea acogida a tramitación previo a su examen de admisibilidad, por cuanto no satisface la exigencia constitucional de contener una impugnación “fundada razonablemente”, como lo exige el artículo 47 F, N° 6°, de la Ley N° 17.997.
Lo anterior porque el requerimiento no expone circunstanciadamente y con precisión e inteligibilidad suficientes la forma en que la ley que se objeta contraviene la Carta Fundamental en su aplicación al caso concreto.
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Segunda Sala.
TC no acoge a tramitación acción inaplicabilidad que impugnaba la Ley Nº 20.194 que interpretó el artículo 162 del Código del Trabajo por cuanto no satisface exigencia de contener una impugnación “fundada razonablemente”.
Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la Ley N° 20.194 “que interpretó el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo”, en relación a una causa laboral de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago en sede de un recurso de nulidad. La Segunda Sala resolvió que la acción constitucional deducida no puede […]
6 de agosto de 2010