La moción, patrocinada por los Senadores Navarro, Rossi y Tuma, expresa que en nuestro país los derechos de agua son propiedad privada, lo que ha significado entregar derechos a privados a perpetuidad, a título gratuito, al margen de la regulación estatal, lo que ha representado una pérdida y atentado a la soberanía nacional. La reforma constitucional procura, entonces, restablecer la soberanía de Chile sobre el agua, el recurso más valioso y escaso para el futuro, a fin de que el Estado pueda establecer regulaciones, prioridades de uso, o caducar las concesiones por mal uso.
A tal fin plantean eliminar el inciso final del artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental reemplazándolo por el siguiente: «Son de dominio público las aguas, en especial los acuíferos o formaciones geológicas por las que circulan aguas subterráneas. Este dominio se entiende sin perjuicio de que cualquiera puede cavar en suelo propio pozos para las bebidas y usos domésticos, aunque de ello resulte menoscabarse mínimamente el agua de que se alimente algún otro pozo; pero si de ello no reportare utilidad alguna, o no tanta que pueda compararse con el perjuicio ajeno, será obligado a cegarlo”.
Además el precepto establecería que: “Corresponde a los dueños de pertenencias mineras, dentro de ellas, el derecho de aprovechamiento de las aguas halladas en sus labores, mientras conserven el dominio de sus pertenencias y sólo en la medida necesaria para la respectiva explotación lo que deberá ser demostrado ante la autoridad pública correspondiente.”
Cabe señalar que otra reforma constitucional iniciada por el Ejecutivo, que versa sobre la misma materia en que incide la moción, se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro del boletín N° 7108-07.
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