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Reforma Constitucional.

Moción plantea reconocer como un derecho constitucional el acceso a las tecnologías de la información.

La moción, patrocinada  los Senadores Cantero, Chahuán, Girardi, Lagos y Rincón, propone incorporar dentro del catalogo de derechos fundamentales del artículo 19 un nuevo numeral para asegurar “La libertad y el derecho a acceder, en condiciones de igualdad, a las tecnologías de información, comunicaciones e Internet, cualquiera sea el medio utilizado o la localización geográfica […]

22 de junio de 2010

La moción, patrocinada  los Senadores Cantero, Chahuán, Girardi, Lagos y Rincón, propone incorporar dentro del catalogo de derechos fundamentales del artículo 19 un nuevo numeral para asegurar “La libertad y el derecho a acceder, en condiciones de igualdad, a las tecnologías de información, comunicaciones e Internet, cualquiera sea el medio utilizado o la localización geográfica de los usuarios”, y establecer que “Una ley determinará la forma en que el Estado garantizará el ejercicio de este derecho y las condiciones respecto a calidad y precio».

Señalan los autores de la moción que el proyecto se fundamenta, entre otros motivos, en los compromisos internacionales adquiridos por Chile, en particular con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de que debe reconocerse no sólo el derecho de acceso a Internet, sino también que el Estado lo garantice efectivamente a los ciudadanos.

También los senadores Girardi, Navarro y Rossi patrocinan una moción que incorpora un artículo 2 BIS a la Ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada, para establecer que “Los datos personales de carácter sensibles de una persona, disponibles en redes sociales en Internet, no podrán ser utilizados por terceras personas, para otros fines, más que para aquellos, que dentro del contexto doméstico o socializador de la red social, sean utilizados o estén disponibles, a menos que cuente con el consentimiento expreso del su titular”.

Respecto de los datos que un empleador recabe de sus trabajadores de una red social, los Senadores proponen establecer que “no podrá utilizarlos como causal de despido”, como tampoco “los datos sobre la salud de una persona” podrían ser utilizados para ofrecer planes de salud por una empresa, lo que si es transgredido dará origen a que se apliquen las sanciones previstas en el artículo 5 de la Ley Nº 19.628, señala la moción, que se funda en lo dispuesto en el artículo 19 N° 4  de la Constitución, que asegura el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. También, exponen los Senadores, la iniciativa se justifica en la inexistencia de normas que regulan la interacción social que se produce con el desarrollo de las redes en Internet, tales como Facebook, YouTube, Twitter, etc., que administran datos personales.

Cabe señalar que también se encuentra en tramitación un proyecto de reforma constitucional patrocinado por los diputados Araya, Arenas,  Cardemil, Chahuán, Eluchans, Nicolás Monckeberg, Cristián  Monckeberg, Quintana,  Sepúlveda, Patricio Walker que incorpora un nuevo inciso al artículo 19 N° 4 de la Carta Fundamental, para establecer que «Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, los que deben ser tratados para fines concretos y específicos, con su propio consentimiento, o en virtud de otro fundamento contemplado en la ley, y tendrá asimismo, derecho a acceder a dichos datos, para obtener su rectificación, actualización o cancelación, según procediere.

Una ley orgánica constitucional establecerá las normas para la debida aplicación de este derecho, como asimismo el órgano autónomo que velará por el cumplimiento de dicha ley y controlará su aplicación.” (Boletín N° 5883-07).

Por su parte, también se encuentra en trámite parlamentario un proyecto de ley, iniciado por Mensaje, que modifica la Ley Nº 19.628 y la Ley Nº 20.285, para adecuarlas a estándares más elevados de protección de datos y que crea una autoridad de control. (Boletín N° 6120-07).

 

Vea moción de reforma constitucional de los Senadores Cantero, Chahuán, Girardi, Lagos y Rincón.

Vea moción que modifica la ley N° 19.628 de los Senadores Girardi, Navarro y Rossi.

 

 

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