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Se envió a la Comisión de Salud.

Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados proyecto de ley que autoriza distribuir la denominada “píldora del día después”.

El proyecto de ley iniciado por Mensaje e ingresado a la Cámara de Diputados, establece que “toda persona tiene derecho a recibir información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara; comprensible; completa; y, en su caso, confidencial”. Además, que “esta información deberá abarcar todas las alternativas eficaces para decidir sobre […]

1 de julio de 2009

El proyecto de ley iniciado por Mensaje e ingresado a la Cámara de Diputados, establece que “toda persona tiene derecho a recibir información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara; comprensible; completa; y, en su caso, confidencial”. Además, que “esta información deberá abarcar todas las alternativas eficaces para decidir sobre los métodos de regulación de la fertilidad y, especialmente, para prevenir el embarazo precoz, las infecciones de transmisión sexual, y la violencia sexual y sus consecuencias”, y que este derecho “comprende el de recibir libremente, y de acuerdo a sus creencias o formación, orientaciones para la vida afectiva y sexual”.
La iniciativa remite a un reglamento del Ministerio de Salud disponer el modo en que los órganos con competencia en la materia harán efectivo el ejercicio de este derecho.
A continuación el proyecto señala que “Los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia, adoptarán las medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos por esta ley”, para lo cual se dispone “deberán elaborar planes que señalen las acciones respectivas”.
También garantiza que  “toda persona tiene derecho a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos”, para lo cual los “órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia pondrán a disposición de la población los métodos anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, tales como los métodos anticonceptivos combinados de estrógeno y progestágeno, métodos anticonceptivos de progestágeno solo, los métodos anticonceptivos hormonales de emergencia y los métodos de anticoncepción no hormonal, naturales y artificiales».
La iniciativa fue remitida para su estudio a la Comisión de Salud, y la Cámara de Diputados rechazó una petición de que el texto fuera estudiado también por la Comisión de Constitución.

Vea texto íntegro del Mensaje.

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