El plazo para realizar las elecciones de Presidente de la República y de Parlamentarios está determinado en la Constitución, la que dispone que dichos procesos electorales se efectuarán conjuntamente noventa días antes de la fecha en que deba cesar en el cargo el Presidente de la República que esté en funciones.
Considerando que las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias deberían tener lugar el día viernes 11 de diciembre de 2009 y que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 169 de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el día que se fije para la realización de las elecciones será feriado legal, el Ejecutivo propuso modificar la Constitución a fin de trasladarlas a un día domingo.
El Mensaje señala que es de público conocimiento la crisis económica que actualmente afecta al mundo entero y que también ha impactado a nuestro país, por lo que un feriado legal adicional supone un importante golpe a la economía nacional generando pérdidas por millones de dólares.
Con la finalidad de evitar los negativos efectos señalados, la iniciativa fija los próximos comicios electorales para el día domingo 13 de diciembre de 2009, y en caso de tener que realizarse una segunda vuelta para el día domingo 10 de enero de 2010, lo que se propone establecer en una disposición transitoria vigésimocuarta, nueva.
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Iniciativa del Ejecutivo.
Propone reformar la constitución para modificar transitoriamente fecha de elección de Presidente de la República y de Parlamentarios.
El Mensaje señala que es de público conocimiento la crisis económica que actualmente afecta al mundo entero y que también ha impactado a nuestro país, por lo que un feriado legal adicional supone un importante golpe a la economía nacional generando pérdidas por millones de dólares.
21 de abril de 2009