La iniciativa, ya aprobada por el Senado, perfecciona y adecúa la legislación penal interna, tipificando las conductas sancionadas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, particularmente, los crímenes de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes y delitos de guerra.
El proyecto, iniciado por moción de los senadores Espina, Gómez, Larraín, Muñoz y Ruiz-Esquide, tipifican como crimen de lesa humanidad los actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y que sean consecuencia de una política del Estado o de sus agentes; de grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre algún territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares, o de grupos organizados que detenten un poder de hecho tal que favorezca la impunidad de sus actos.
En tanto, al genocidio se lo define como todo acto ejecutado con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso, en su calidad de tal.
Se rechazó una solicitud de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y de algunos diputados para que esta iniciativa rigiera en forma retroactiva, debido a que la Constitución establece que las leyes que abordan materias penales se aplican a partir de su entrada en vigencia y no para crímenes cometidos con anterioridad.
El Ejecutivo y algunos diputados calificaron este hecho como una buena señal con mira a ratificar el Estatuto del Tribunal Penal Internacional (TPI).
Vea texto íntegro del mensaje, informes y discusión, boletín N° 6406-07.