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Sala de la Cámara de Diputados deberá pronunciarse.

Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados aprobó reforma constitucional que establece nuevos requisitos para la promulgación de las leyes.

Su justificación está en el reconocimiento que debe corresponderle al Congreso Nacional en la formación de las leyes, puesto que actualmente en la promulgación de una ley sólo participa el Presidente de la República. La promulgación de las leyes originadas en una moción parlamentaria –lo aprobó la Comisión respectiva de la Cámara de Diputados- podrá […]

24 de octubre de 2008

Su justificación está en el reconocimiento que debe corresponderle al Congreso Nacional en la formación de las leyes, puesto que actualmente en la promulgación de una ley sólo participa el Presidente de la República.

La promulgación de las leyes originadas en una moción parlamentaria –lo aprobó la Comisión respectiva de la Cámara de Diputados- podrá hacerse en el Congreso, tanto en Valparaíso como en su sede en Santiago. Además, las leyes que se hayan iniciado en moción deberán llevar el nombre de sus autores cuando se publiquen en el Diario Oficial.

 

Vea texto de la moción.

Vea texto del informe de la Comisión.

 

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* Inicio tramitación proyecto de reforma constitucional que establece nuevos requisitos para la promulgación de las leyes.

 

 

 

 

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