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En cumplimiento de mandato constitucional.

Iniciativa propone diversas enmiendas para garantizar mayor igualdad entre candidatos independientes y los que representen a partidos políticos.

En materia de financiamiento, se propone modificar la Ley Nº19.884, sobre transparencia, limite y control del gasto electoral.

28 de agosto de 2008

En la actualidad, observan, las normas que regulan los procesos eleccionarios fijan una serie de diferencias que reducen las opciones de los candidatos independientes. Así, la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, regula la presentación de candidaturas independientes estableciendo la necesidad de ser patrocinadas por un número similar al 0.5% de ciudadanos que hubieren sufragado en el distrito o circunscripción en la última elección.  Además, los candidatos independientes no pueden establecer pactos electorales, como sí se permite a los partidos políticos. De otra parte, el tiempo disponible para propaganda electoral en televisión puede llegar al extremo de que un candidato no alcance a pronunciar su nombre siquiera y el financiamiento público de las campañas de los candidatos independientes, alcanza a un monto similar al que le corresponde al partido que obtuvo el menor número de votos en la última elección el que se prorratea entre todos ellos.
La moción plantea modificar la Ley Nº18.700 para rebajar a un 0.25% el porcentaje exigido para presentar una candidatura independiente; aumentar de 7 a 9 meses el plazo para reunir las firmas; permitir pactos electorales “entre dos o más candidaturas independientes afines en cuanto al contenido programático y valórico”; y en materia de propaganda, que los pactos de candidaturas independientes tengan un tiempo equivalente al promedio de los partidos políticos que hubieren obtenido la mayor y menor cantidad de sufragios en la última elección: 20 segundos en la franja de tv para cada candidato, y tratándose de candidatos independientes que no suscriban pacto electoral, que su tiempo sea equivalente al del partido político que obtuvo menos sufragios en la última elección, distribuyéndose entre ellos, por partes iguales, pero con al menos 20 segundos por candidato.
En materia de financiamiento, se propone modificar la Ley Nº19.884, sobre transparencia, limite y control del gasto electoral, para fijar que “los pactos de candidaturas independientes tendrán un financiamiento equivalente al promedio de los partidos políticos que hubieren obtenido la mayor y menor cantidad de sufragios”, y en cuanto a las candidaturas independientes que no suscriban pactos, se prorroteará un monto similar al del partido que obtuvo menos sufragios.

Vea texto íntegro de la moción.

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