El Pleno del Tribunal Constitucional ha terminado el examen preventivo de constitucionalidad del proyecto de ley sobre educación superior, concluyendo declarar, por mayoría de votos, la conformidad a la Constitución de la generalidad de sus disposiciones, en especial lo relativo al régimen de gratuidad de la educación superior y su financiamiento.
De otro lado, y sin perjuicio de lo anteriormente señalado, por mayoría de votos se acordó declarar la inconstitucionalidad del artículo 63 del proyecto, y del artículo 18 transitorio en relación al mismo, referidos al estatuto jurídico de los controladores de universidades.
Cabe recordar que el artículo 63 indica: "Las instituciones de educación superior organizadas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro sólo podrán tener como controladores a personas naturales, personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, corporaciones de derecho público o que deriven su personalidad jurídica de éstas, u otras entidades de derecho público reconocidas por ley. Tales instituciones se regirán por las normas de la presente ley y las normas especiales aplicables a la educación superior, y de forma supletoria, por las disposiciones del título XXXIII del libro I del Código Civil".
Por su parte, el arículo 18 transitorio, expresa: "Las instituciones de educación superior, reconocidas oficialmente por el Estado al momento de la publicación de la presente ley, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 63, 64, 66, 67, 68, 69 y 70 de esta ley dentro del plazo de dos años contado desde su publicación".
La sentencia definitiva será expedida y notificada a los órganos colegisladores a más tardar el 26 de abril del año en curso, dentro de los plazos establecidos por la ley.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.
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