El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso segundo del artículo 15, ambos del DFL N°2, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno resolver el fondo del asunto sometido a su conocimiento.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3132-16.
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