El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 77, inciso segundo, parte final, de la Ley Nº 16.744.
La gestión pendiente invocada incide en una causa seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de esa ciudad, vía recurso de nulidad.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno resolver el fondo del asunto sometido a su conocimiento.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3102-16.
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