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En votación dividida.

TC acogió parcialmente requerimientos en contra de reforma laboral.

El texto de la sentencia se dará a conocer en los próximos días.

27 de abril de 2016

En comunicado oficial, el secretario del TC, Rodrigo Pica, informó que el Tribunal acogió parcialmente el requerimiento en contra de la reforma laboral, procesos acumulados Roles Nº 3016 y 3026. (Vea el comunicado).
El comunicado indica que: “En cuanto a la solicitud de inconstitucionalidad de la titularidad sindical de la negociación colectiva, se acordó acoger la pretensión de inconstitucionalidad por 6 votos contra 4”.
En relación a la “solicitud de inconstitucionalidad de la extensión de beneficios, se acordó acoger parcialmente, respecto de los nuevos afiliados al sindicato, rechazándose en lo demás, por empate de votos y con un voto particular”.
Sobre “la solicitud de inconstitucionalidad del acceso a información de remuneraciones, se acordó rechazar la petición, en empate de votos, respecto de la planilla de los trabajadores involucrados en la negociación y por ocho votos respecto de las otras informaciones”. 
Finalmente en “cuanto a la solicitud de inconstitucionalidad respecto de la obligatoriedad de la negociación interempresas, se acordó rechazar la pretensión de inconstitucionalidad en empate de votos”.
Cabe recordar que el proyecto de reforma laboral, una de las iniciativas emblemáticas del gobierno de la Presidenta Bachelet había sido impugnado por senadores de Chile Vamos y Amplitud (requerimiento) y luego por diputados del bloque opositor (segundo requerimiento).
Durante la tramitación del proyecto se habían formulado diversas reservas de constitucionalidad en relación a los siguientes tópicos: extensión de beneficios, titularidad sindical, sindicato interempresas y derecho a la información.
Los requirentes adujeron que la iniciativa afecta los derechos esenciales de los trabajadores, porque les quita derechos; el derecho a negociar es de los trabajadores independientemente de si están o no sindicalizados; no hay igualdad entre las empresas más grandes y pequeñas en cuanto a la negociación y se estaría atentando contra el derecho a la privacidad.

Extensión de beneficios.
Se cuestiona que la normativa aprobada entregue al sindicato la prerrogativa de extender o no los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados. Para la oposición esto constituye un mecanismo encubierto de sindicalización obligatoria por lo que se vulnera la libertad sindical. Se impone una especie de sindicalización forzosa que atenta contra varios derechos fundamentales.

Titularidad sindical
Al eliminarse a los grupos negociadores se estaría atentando contra una garantía básica ya que no se puede arrebatar el  derecho a negociar colectivamente a un grupo de trabajadores y condicionar el acceso a los beneficios a que estén afiliados a un sindicato. El derecho a negociar es de los trabajadores y el proyecto de ley unilateralmente los priva del mismo creando así un monopolio sindical, dado que prohíbe a los trabajadores organizarse de manera distinta.

Negociación interempresas
La normativa relativa a la negociación interempresas estaría en pugna con el principio de igualdad, por cuanto se diferencia arbitrariamente a las medianas y grandes empresas con las micro y pequeñas. En el caso de las primeras será obligatorio negociar con los sindicatos interempresas mientras que respecto de las ello será voluntario. 

Derecho a la información.
Se vulnera el derecho a la privacidad asegurado en la Constitución puesto que el sindicato puede acceder a planillas de sueldos y beneficios sin mayores restricciones.

Qué dice el Gobierno.
Durante la tramitación legislativa el Gobierno sostuvo que a los sindicatos se les debe fortalecer para mejorar la negociación entre trabajadores y empresarios, además de que genera beneficios y derechos para los primeros.Existen sólidos argumentos para que el TC desestime el requerimiento de la oposición, tanto más si la iniciativa contó con amplia adhesión en el Congreso. En su presentación sostiene que lo concerniente a la titularidad sindical, la regulación sobre la extensión de los efectos del contrato colectivo, el acceso a la información de los trabajadores por parte del sindicato y la negociación colectiva por sindicato interempresa no infringe la Constitucióny que acoger los requerimientos iría en contra de los trabajadores.

¿Qué opinan los gremios?
Diversos gremios expresaron su descontento con los contenidos del proyecto. La iniciativa equivoca las prioridades. Se preocupa solamente de fortalecer los derechos de los sindicalizados y no contempla incentivos para mejorar la empleabilidad de mujeres, jóvenes y adultos mayores, que son los segmentos de nuestra sociedad con más alto desempleo. Lainiciativa pone en riesgo la creación de empleo y tensionará el clima laboral, tampoco considera las particularidades de cada actividad. Es preocupantemente además el no reemplazo en huelga. Mientras en los países de OCDE se transita hacía la flexibilidad laboral, el proyecto va en sentido contrario: la rigidez.

Posturas a favor de la reforma
Bárbara Figueroa, presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), afirmó que “sostener que será la reforma laboral aquella que iba a generar un monopolio sindical es no develar por completo el argumento. Porque el argumento debiera ser que generar un tipo de sindicalismo que pareciera no ser apropiado a un sector del empresariado”. Por su parte, la Confederación de Trabajadores del Cobre manifestó que la única organización legal que vela por los intereses de los trabajadores, con cumplimiento a largo plazo, es el sindicato. Sin un sindicato el grupo negociador es efímero, se firma el acuerdo y se acaba la contraparte.

TC cuestionado
Como ocasiones anteriores, en esta oportunidad se ha vuelto a cuestionar a la Magistratura Constitucional. Se trataría de un órgano contramayoritario cuyas decisiones echan por tierra una ley aprobada por el Congreso y cuyos miembros, por el sistema de generación carecen de legitimidad democrática.

Procedimiento que adoptó el TC
El lunes (25) se llevaron a cabo las exposiciones de los 47 actores, en sucesivas audiencias en que intervinieron partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil y particulares que argumentaron respecto de la constitucionalidad del proyecto y ayer martes (26) el Pleno del Tribunal escuchó los alegatos de los abogados.

El texto de la sentencia se dará a conocer en los próximos días.

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