El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 15, incisos 1º y 2º, y 17 Nº 1 del Código de Minería.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación el fondo de que conoce la Corte Suprema.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2834-15.
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